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Denuncian un supuesto caso de incompatibilidad de puesto de trabajo
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El Grupo Izquierda Unida en la Mancomunidad de Municipios La Serena ha denunciado ante dicha mancomunidad a través de un escrito que un trabajador contratado como Agente de Desarrollo de Nuevas Tecnologías incurriría en un supuesto de incompatibilidad, al estar contratado también como profesor itinerante de inglés en la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura (adscrito a la Escuela Oficial de Idiomas con destino en el Aula de Fomento de Inglés de Talarrubias-Siruela).
En respuesta, la presidenta de la Mancomunidad de Municipios La Serena, Bibiana Frutos, informa en un comunicado que el trabajador resultó seleccionado como agente dentro de unas pruebas selectivas, rigiendo desde ese momento el régimen de incompatibilidades, que señala que el personal comprendido dentro del ámbito de ampliación de esta ley sólo podrá desarrollar un segundo puesto en el sector público en unos supuestos previstos para las funciones docente y sanitaria. Asimismo, podrá autorizarse la compatibilidad para el desempeño de un puesto de trabajo docente como profesor universitario asociado en régimen de dedicación no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada, circunstancia ésta que en el presente caso no ocurre.
Desde la corporación, aseguran que son absolutamente ajenos a las circunstancias descritas, y a cualquier posible desempeño de trabajos en el sector público o privado de trabajadores de la corporación, ya que dicha cuestión debe solicitarse por los interesados (circunstancia que no ha ocurrido en el caso) al no tener ningún tipo de conocimiento sobre la citada cuestión, debiendo tramitarse el procedimiento oportuno, y en caso de permitirlo la legislación, resolver la concesión o denegación de compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto de trabajo.
Por todo ello, la presidenta ha solicitado al trabajador que se pronuncie sobre cuál de los dos trabajos va a mantener. Además, la presidenta aclara que para poder hablar de tipos delictivos, como es el de prevaricación, es necesario que se actúe con dolo o culpa, circunstancia que no se ha producido “al desconocer la presidenta la posible situación de incompatibilidad del trabajador”.
Una vez transcurrido el plazo concedido sin que el trabajador se pronuncie sobre cuál de los dos trabajos desea mantener, se entenderá que renuncia al de la mancomunidad.
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